Cómo tributan los alquileres

Sabemos que enfrentarse a la Declaración de la Renta cuando tienes un piso alquilado puede generar muchas dudas y cierto vértigo. Has hecho una gran inversión, asumes los riesgos de tener inquilinos y, ahora, toca rendir cuentas con Hacienda. En Legaliza Abogados queremos transmitirte tranquilidad: declarar tu alquiler no solo es obligatorio, sino que, haciéndolo bien, es la mejor manera de maximizar tus beneficios fiscales.

Desde la entrada en vigor de la nueva Ley de Vivienda, el mapa fiscal ha cambiado. Existen nuevas deducciones progresivas que van desde el 50% hasta el 90%. En este artículo te explicamos, paso a paso y sin jerga incomprensible, cómo tributan los alquileres de pisos y qué gastos puedes deducirte para pagar lo mínimo posible dentro de la legalidad.

Si necesitas que un experto revise tu caso particular, recuerda que puedes solicitar asesoramiento directo en nuestro despacho de abogados de derecho inmobiliario en Madrid.

¿Es obligatorio declarar el alquiler en la Renta?

La respuesta corta y directa es sí, absolutamente. Todo propietario que alquile una vivienda está obligado a declarar esos ingresos en su IRPF anual. Hacienda los clasifica como «Rendimientos de Capital Inmobiliario».

Ocultar este ingreso es un riesgo innecesario. La Agencia Tributaria cruza constantemente datos con los depósitos de fianzas autonómicos y los consumos de suministros (luz, agua). La buena noticia es que no vas a tributar por todo lo que cobras. La ley te permite restar todos los gastos que te genera la vivienda y, además, aplicar reducciones muy potentes sobre el beneficio final.

Diferencias que debes tener en cuenta

  • No es un alquiler turístico: El alquiler de vivienda habitual se rige por la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU). El alquiler vacacional (Airbnb, Booking) tributa de forma distinta y no tiene derecho a las reducciones fiscales que veremos a continuación.
  • No lleva IVA: El alquiler de una vivienda para uso habitual como residencia está exento de IVA. No tienes que sumarlo a la cuota ni hacer declaraciones trimestrales de este impuesto.

Cómo calcular tu Ingreso Bruto del alquiler

Para saber cuánto has ganado realmente a ojos de Hacienda, primero debemos tener claro qué se considera ingreso y qué no:

  • Ingresos computables: Las cuotas mensuales que te paga el inquilino, más cualquier otro concepto extra (como fianzas retenidas por daños o indemnizaciones).
  • Lo que NO es ingreso: Si en el contrato dejaste por escrito que el inquilino asume directamente el pago de la comunidad, el IBI o la tasa de basuras y él lo paga de su bolsillo, esas cantidades no cuentan como ingresos para ti.

Los gastos deducibles del alquiler

Antes de aplicar cualquier porcentaje de reducción, debes restar a tus ingresos brutos todos los gastos en los que has incurrido para poder alquilar la casa. Esto se llama calcular el rendimiento neto. Puedes deducirte:

  • Intereses y financiación: Los intereses de la hipoteca que pagas por esa casa (no el capital, solo los intereses) y las comisiones de amortización.
  • Impuestos y tasas locales: El recibo del IBI, la tasa de basuras o el vado.
  • Gastos de comunidad: Las cuotas ordinarias y derramas de la comunidad de propietarios.
  • Seguros: Las pólizas del seguro de hogar y del seguro de impago de alquiler.
  • Mantenimiento y reparación: Pintura, arreglo de la caldera, fontanería (no se incluyen mejoras que amplíen la vivienda, solo conservación).
  • Amortización del inmueble: Puedes deducir el 3% del mayor de estos dos valores: el coste de adquisición o el valor catastral de la construcción (excluyendo el valor del suelo).
  • Gastos de formalización: Honorarios de la agencia inmobiliaria, abogados o gestoría.

El nuevo régimen fiscal

Aquí es donde está el verdadero ahorro. Una vez has restado tus gastos a tus ingresos, obtienes tu beneficio neto. Sobre esa cantidad, Hacienda te aplica una reducción directa antes de cobrarte impuestos.

Con la actual normativa, las reducciones son progresivas para incentivar los alquileres asequibles y las mejoras energéticas:

Reducción Requisito principal
50% Reducción General. Aplica a cualquier alquiler de vivienda habitual, sin requisitos adicionales de edad o zona.
60% Por rehabilitación o mejora. Viviendas en las que se hayan realizado obras que reduzcan un 30% el consumo energético o alcancen calificación A o B (requiere certificados antes y después).
70% Por alquiler a jóvenes o nuevos contratos. Si alquilas a personas entre 18 y 35 años en una zona tensionada.
90% Por bajada de precio. Si la vivienda está en una zona tensionada y firmas un nuevo contrato bajando la renta al menos un 5% respecto al contrato anterior.

 

Caso práctico: ¿Cuánto pagarás realmente?

Dejar la teoría y ver los números es la mejor forma de entenderlo. Imaginemos que cobras un alquiler mensual que te genera 11.500 € al año. Tienes los siguientes gastos demostrables con facturas:

  • Intereses de hipoteca: 1.500 €
  • Comunidad de vecinos: 600 €
  • IBI: 550 €
  • Seguro de hogar e impago: 200 €
  • Reparaciones (fontanero): 250 €
  • Amortización (3%): 45 €

Total de gastos deducibles: 3.145 €. Veamos cómo se aplica esto en tu Declaración de la Renta paso a paso:

Concepto Importe
1. Ingresos brutos por alquiler 11.500,00 €
2. Menos: Gastos deducibles – 3.145,00 €
3. Rendimiento Neto (Beneficio real) 8.355,00 €
4. Menos: Reducción estatal (50% general) – 4.177,50 €
5. Base Imponible (Lo que integras en tu IRPF) 4.177,50 €

Esta Base Imponible (4.177,50 €) se sumará a tu salario. Si, por ejemplo, tus ingresos totales te sitúan en el tramo más bajo del IRPF (19%), pagarías el 19% de esos 4.177,50 €. El impuesto a pagar sería de tan solo 793,73 €.

Gracias a deducir correctamente los gastos y aplicar la bonificación estatal del 50%, el impuesto efectivo sobre tu ingreso inicial de 11.500 € ha bajado a un 6,9%. Las matemáticas no mienten: hacer las cosas de forma legal y ordenada es muy rentable.

Cómo declarar el alquiler en la Renta

  1. Recopila tus facturas: Reúne el contrato de alquiler, la referencia catastral, el DNI de tu inquilino y absolutamente todas las facturas y recibos del banco de los gastos del año anterior.
  2. Accede a la Renta Web: Entra en tu borrador (habitualmente entre abril y junio).
  3. Apartado de Capital Inmobiliario: Localiza la sección de «Rendimientos de capital inmobiliario» e introduce la referencia catastral y los datos de tu inquilino.
  4. Rellena las casillas: Introduce tus ingresos brutos anuales y ve desglosando los gastos en las casillas correspondientes.
  5. Revisa la reducción: El programa Renta Web suele aplicar el 50% automáticamente al marcar que es vivienda habitual, pero asegúrate de marcar las casillas de mejora energética o zona tensionada si tienes derecho a reducciones mayores (60%, 70% o 90%).

propietario calculando impuestos de alquiler

Protege tu rentabilidad con un buen asesoramiento

Declarar tus rentas no tiene por qué ser un dolor de cabeza, pero un error al amortizar el inmueble o al deducir un gasto no permitido puede derivar en una revisión paralela por parte de la Agencia Tributaria. Si has tenido meses el piso vacío, si has asumido derramas complejas o si tu inquilino ha dejado de pagar, las reglas de cálculo cambian.

En Legaliza Abogados contamos con un equipo experto en derecho inmobiliario y fiscalidad. No dejes tu rentabilidad al azar ni asumas riesgos innecesarios frente a Hacienda. Contáctanos hoy mismo y nos encargaremos de blindar tu declaración para que maximices tus ingresos con total tranquilidad.