En Legaliza Abogados somos especialistas en derecho tributario, por ello queremos ayudarte con todo un tema crucial para cualquier contribuyente: las sanciones de hacienda y sus tipos. Sabemos que el mundo fiscal puede ser complicado y confuso, pero estamos aquí para ayudarte a entender tus derechos y obligaciones.
En este post, te daremos información clara y concisa sobre las sanciones que puedes enfrentar en caso de incumplimiento de tus obligaciones fiscales, las cuales van desde multas económicas hasta repercusiones legales más serias.
Sanciones de Hacienda
Para iniciar con este tema, es indispensable saber que las sanciones de Hacienda se refieren a las multas o penalizaciones impuestas por la Agencia Tributaria a los contribuyentes que incumplen sus obligaciones fiscales. Estas sanciones pueden ser económicas y varían según el tipo de infracción cometida.
Algunas de las infracciones tributarias más comunes que pueden dar lugar a sanciones de Hacienda incluyen:
- No declarar ingresos, como apuestas deportivas, criptomonedas o ingresos extra.
- Utilizar medios fraudulentos en la declaración de impuestos.
- No presentar la declaración de la renta cuando se está obligado a hacerlo.
- Dejar de ingresar la deuda tributaria que debería resultar de una autoliquidación.
Las sanciones de Hacienda pueden ser clasificadas como leves, graves o muy graves, dependiendo de la gravedad de la infracción. La cantidad de las multas puede ser fija o proporcional a la cantidad defraudada. Además, en casos de utilización de medios fraudulentos, la multa puede ascender hasta el 150% del perjuicio causado.
Es importante tener en cuenta que, en casos de defraudación a Hacienda o a la Seguridad Social, se pueden aplicar penas conjuntas que incluyen prisión, sanciones económicas y la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones públicas o beneficios de la Seguridad Social durante un período de tiempo determinado.
¿Cuándo se producen las sanciones de Hacienda?
Las sanciones de Hacienda se producen cuando se comete una infracción tributaria, es decir, cuando se incumple alguna de las obligaciones fiscales establecidas en la Ley General Tributaria (LGT) y otras leyes de carácter fiscal.
¿Cuáles son las causas de las sanciones de Hacienda?
Entre las principales causas de las sanciones de Hacienda, destacan:
1. La presentación de declaraciones de la renta o autoliquidaciones incompletas, inexactas o con datos falsos
- Es una de las causas más comunes de sanción por parte de Hacienda.
- Las declaraciones deben ser completas, exactas y contener todos los datos requeridos por la normativa fiscal.
- Cualquier error u omisión en la información proporcionada puede dar lugar a una sanción.
2. El no ingreso de la deuda tributaria dentro del plazo voluntario
- El pago de los impuestos en plazo es fundamental para evitar sanciones.
- El retraso en el pago puede dar lugar a la aplicación de intereses de demora y recargos.
- En caso de impago total o parcial de la deuda tributaria, se puede iniciar un procedimiento de embargo.
3. La no presentación de declaraciones o autoliquidaciones:
La no presentación de las declaraciones o autoliquidaciones obligatorias es una infracción grave que puede dar lugar a una sanción considerable para el contribuyente.
Es importante presentar todas las declaraciones y autoliquidaciones en el plazo establecido, incluso si no se tiene actividad económica o no se ha realizado ninguna operación sujeta a tributación.
4. La utilización de facturas falsas
El uso de facturas falsas para obtener un beneficio fiscal es una infracción muy grave que puede dar lugar a una sanción de hasta el 150% de la base de la sanción.
Por ello, resulta importante verificar la autenticidad de las facturas antes de aceptarlas como justificante de gasto.
5. La defraudación a Hacienda
- La defraudación a Hacienda es un delito fiscal que puede dar lugar a penas de prisión de hasta seis años.
- Se considera defraudación a Hacienda cualquier acto u omisión con la intención de eludir el pago de impuestos.
¿Cuáles son los tipos de sanciones de Hacienda?
Las sanciones de Hacienda pueden ser de dos tipos:
1. Multas
Son cantidades de dinero que se deben pagar a Hacienda en concepto de sanción por la infracción cometida.
Pueden ser:
- Multas pecuniarias: Son cantidades de dinero que se deben pagar a Hacienda en concepto de sanción por la infracción cometida.
- Multas fijas: Se establece una cantidad fija en la ley para la sanción, independientemente de la cuantía de la infracción.
- Multas proporcionales: Se calcula un porcentaje sobre la cantidad de la base imponible de la infracción.
2. Recargos
Son intereses que se devengan sobre la cantidad de impuestos que no se han pagado en plazo. Los mismos se calculan en función del tiempo de retraso en el pago.
El porcentaje de recargo varía según el tipo de impuesto y el periodo de retraso y se basan en la Tabla de sanciones de Hacienda, también conocida como Tabla de Graduación de las Infracciones y Sanciones Tributarias, la cual es un documento que establece las multas que se pueden aplicar a los contribuyentes que cometen infracciones tributarias en España.
Cabe destacar que esta tabla se encuentra regulada en la Ley General Tributaria (LGT) y se actualiza anualmente.
Gravedad de la sanción
La gravedad de las sanciones de Hacienda dependerá de:
- La gravedad de la infracción cometida
- La cuantía de la base imponible.
- El grado de culpabilidad del infractor.
- El perjuicio causado a la Hacienda Pública.
De acuerdo a la Tabla de sanciones de Hacienda, las infracciones se clasifican en:
Leves
Una infracción de Hacienda se considera leve cuando se cumplen las siguientes condiciones:
- Monto de la deuda:
- La base de la sanción no supera los 3.000 euros, exista o no ocultación.
- Cuando la base de la sanción supera los 3.000 euros, pero no existe ocultación.
- Intención:
- No existe intencionalidad de defraudar a Hacienda.
- El error o la falta de cumplimiento no es grave.
- Regularización:
- La deuda tributaria se regulariza de forma voluntaria antes de que Hacienda inicie un procedimiento de inspección.
Ejemplos de infracciones leves:
- Presentar la declaración de la renta fuera de plazo, pero dentro del período voluntario.
- No comunicar el cambio de domicilio fiscal dentro del plazo establecido.
- Cometer errores en la contabilidad que no tengan un impacto significativo en la deuda tributaria.
Sanción:
- Las sanciones leves se sancionan con una multa pecuniaria de hasta el 50% de la cuota defraudada.
Graves
Una infracción de Hacienda se considera grave cuando se cumplen uno o más de los siguientes criterios:
- Monto de la deuda:
- La base de la sanción es superior a 3.000 euros y se aprecia ocultación.
- La cantidad de las retenciones o ingresos a cuenta no ingresadas es igual o superior al 50% de la base de la sanción.
- Intención:
- Existe intencionalidad de defraudar a Hacienda.
- El error o la falta de cumplimiento es grave.
- Reincidencia:
- Se ha cometido la misma infracción en los últimos dos años.
Ejemplos de infracciones graves:
- Presentar declaraciones de la renta o autoliquidaciones incompletas, inexactas o con datos falsos.
- No ingresar la deuda tributaria dentro del plazo voluntario.
- Obstruir la labor de inspección de Hacienda.
- Utilizar facturas falsas.
Las infracciones graves pueden tener consecuencias significativas, como:
- Multas pecuniarias de hasta el 100% de la base de la sanción.
- Intereses de demora.
- Recargo del 5% sobre la deuda tributaria no ingresada.
- Pérdida de subvenciones y beneficios fiscales.
- Inhabilitación para el ejercicio de actividades económicas.
Muy graves
Una infracción de Hacienda se considera muy grave cuando se cumplen uno o más de los siguientes criterios:
- Intención:
- Existe una clara intencionalidad de defraudar a Hacienda.
- Se ha utilizado un plan preconcebido para eludir el pago de impuestos.
- Monto de la deuda:
- La base de la sanción supera los 150.000 euros.
- La cantidad de las retenciones o ingresos a cuenta no ingresadas es superior al 75% de la base de la sanción.
- Reincidencia:
- Se ha cometido la misma infracción grave en los últimos cinco años.
Ejemplos de infracciones muy graves:
- Defraudación a Hacienda.
- Simular operaciones para eludir el pago de impuestos.
- Utilizar facturas falsas de forma reiterada.
- Obstruir gravemente la labor de inspección de Hacienda.
Las infracciones muy graves pueden tener consecuencias muy serias, como:
- Multas pecuniarias de hasta el 150% de la base de la sanción.
- Intereses de demora.
- Recargo del 15% sobre la deuda tributaria no ingresada.
- Pérdida de subvenciones y beneficios fiscales.
- Inhabilitación para el ejercicio de actividades económicas.
- Delito fiscal, con penas de prisión de hasta seis años.
Es importante tener en cuenta que la calificación de una infracción como muy grave puede variar en función de las circunstancias específicas de cada caso.
En caso de duda, se recomienda consultar con abogados tributarios Madrid para obtener asesoramiento específico.
Otras medidas sancionadoras
Además de las multas y recargos, Hacienda también puede aplicar otras medidas sancionadoras, como:
- La clausura del local de negocio.
- La suspensión de la actividad económica.
- La inhabilitación para el ejercicio de cargos públicos.
Es importante tener en cuenta que las sanciones de Hacienda pueden ser muy elevadas, por lo que es fundamental cumplir con todas las obligaciones fiscales para evitarlas.
Requisitos para que exista una sanción de Hacienda
Es crucial reafirmar que, para que existan sanciones hacienda, es necesario que se cometa una infracción tributaria. Dicho esto, según la Ley General Tributaria, las infracciones tributarias son acciones u omisiones que tienen carácter doloso o culposo y que están contempladas y sancionadas en la ley.
Algunos requisitos para que se pueda imponer una sanción de Hacienda son:
- Acción u omisión: Se pueden sancionar tanto las conductas activas como las pasivas. Por ejemplo, presentar una autoliquidación del IRPF con datos falseados sería una conducta activa, mientras que no presentar la autoliquidación trimestral de IRPF sería una conducta pasiva o de omisión.
- Culpabilidad: Debe existir culpabilidad por parte del infractor por actuación con dolo o culpa. La Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) debe probar la culpabilidad del contribuyente y está obligada a demostrarla, explicarla y detallarla en el expediente sancionador, ya que mientras no se demuestre lo contrario no existirá responsabilidad administrativa.
- Antijuricidad: La conducta infractora y la sanción que conlleva deben estar previstas en una ley. Es decir, no se puede sancionar una conducta que no esté tipificada en la ley.
- Tipicidad: La conducta que constituye la infracción debe estar tipificada en la ley. Esto significa que debe estar descrita en una norma legal con rango de ley o superior, como la Ley General Tributaria (LGT) o las leyes de cada Comunidad Autónoma.
- Voluntariedad: Se demuestra que la conducta infractora persigue unas consecuencias, las cuales son intencionales.
- Prescripción: Existe un plazo de prescripción de 4 años para reclamar una deuda tributaria. Sin embargo, si se ha iniciado un procedimiento sancionador, no habrá prescripción posible.
Procedimiento para imposición de sanciones de Hacienda
Lo primero que debes saber es que el procedimiento para la imposición de las sanciones de Hacienda se encuentra regulado en la Ley General Tributaria (LGT). Dicho procedimiento se inicia con la notificación al contribuyente de un acta de liquidación en la que se le comunica la infracción cometida y la sanción que se le propone imponer.
- El contribuyente tiene un plazo de 10 días para presentar alegaciones al acta de liquidación. Si no presenta alegaciones, la sanción se considerará firme.
- Si el contribuyente presenta alegaciones, la Agencia Tributaria las analizará y emitirá una resolución en la que se confirmará o se modificará la sanción propuesta.
- Contra la resolución de la Agencia Tributaria, el contribuyente puede interponer un recurso de reclamación económico-administrativa ante el Tribunal Económico-Administrativo Regional (TEAR). Si el TEAR desestima el recurso, el contribuyente puede interponer un recurso Contencioso administrativo ante los Tribunales de justicia.
El procedimiento para la imposición de las sanciones de Hacienda puede ser largo y complejo, por lo que es recomendable que el contribuyente se asesore por un abogado o un asesor fiscal.
A continuación, se resumen las principales etapas del procedimiento:
1. Notificación del acta de liquidación:
- La Agencia Tributaria notifica al contribuyente el acta de liquidación en la que se le comunica la infracción cometida y la sanción que se le propone imponer.
- El contribuyente tiene un plazo de 10 días para presentar alegaciones.
2. Alegaciones del contribuyente:
- El contribuyente puede presentar alegaciones al acta de liquidación.
- La Agencia Tributaria analizará las alegaciones y emitirá una resolución.
3. Resolución de la Agencia Tributaria:
- La Agencia Tributaria emitirá una resolución en la que se confirmará o se modificará la sanción propuesta.
- El contribuyente puede interponer un recurso de reclamación económico-administrativa contra la resolución.
4. Recurso de reclamación económico-administrativa:
- El recurso de reclamación económico-administrativa se interpone ante el TEAR.
- El TEAR dictará una resolución en la que se confirmará o se anulará la sanción.
5. Recurso contencioso administrativo
Si el TEAR desestima el recurso, el contribuyente puede interponer un Recurso contencioso administrativo ante los Tribunales ordinarios de justicia.
La extinción de la responsabilidad
La extinción de la responsabilidad derivada de las infracciones tributarias puede darse de acuerdo a las siguientes causas:
1. Fallecimiento del infractor:
La responsabilidad por las infracciones tributarias se extingue con el fallecimiento del infractor.
No obstante, los herederos del infractor responderán de las deudas tributarias y de las sanciones pecuniarias que no se hubieran hecho efectivas en el momento del fallecimiento, hasta el límite del valor de los bienes que hereden.
2. Prescripción:
El plazo de prescripción para imponer las sanciones tributarias es de cinco años, a contar desde el día siguiente a la fecha en que se cometió la infracción.
Además, el plazo de prescripción se interrumpe por la notificación al infractor del acta de liquidación o por cualquier otra actuación administrativa que implique el conocimiento de la infracción por parte del infractor.
3. Pago de la sanción:
La responsabilidad por la infracción tributaria se extingue con el pago de la sanción impuesta.
El pago de la sanción se puede realizar en período voluntario o en período ejecutivo.
4. Amnistía:
La amnistía es una ley de carácter general que extingue la responsabilidad por las infracciones tributarias cometidas antes de la fecha de su entrada en vigor.
La amnistía no es aplicable a las infracciones tributarias muy graves.
5. Concurso de acreedores:
La responsabilidad por las infracciones tributarias se extingue por la declaración de concurso de acreedores del infractor.
No obstante, la Agencia Tributaria podrá reclamar las deudas tributarias y las sanciones pecuniarias en el marco del concurso de acreedores.
6. Otras causas:
La responsabilidad por las infracciones tributarias también puede extinguirse por otras causas, como la anulación del acto administrativo que la impuso, la renuncia a la acción sancionadora por parte de la Agencia Tributaria, o la transacción.
Recargos y reducciones en las sanciones de Hacienda
Estos son los recargos y reducciones que se pueden obtener de Hacienda:
Recargos:
- Recargo por presentación fuera de plazo:
- 5% si se presenta dentro de los 3 meses siguientes al plazo voluntario.
- 10% si se presenta dentro de los 6 meses siguientes.
- 15% si se presenta dentro de los 12 meses siguientes.
- 20% si han transcurrido más de 12 meses.
- Recargo del período ejecutivo:
- 5% si se paga la deuda antes de recibir la providencia de apremio.
- 10% si se paga la deuda y el recargo dentro del plazo dado en la providencia de apremio.
Reducciones:
- Reducción por conformidad: 30% de la sanción inicial.
- Reducción por pronto pago: 40% de la sanción restante después de aplicar la reducción por conformidad.
- Reducción por actas con acuerdo: 65% de la sanción inicial.
- Ejemplo práctico:
- Sanción inicial: 1.000€
- Reducción por conformidad: 300€ (1.000€ x 30%)
- Sanción restante: 700€
- Reducción por pronto pago: 280€ (700€ x 40%)
- Sanción final: 420€
Es muy importante tener en consideración que las reducciones no son acumulables.
Para finalizar, deseamos recordarte que puedes contar con el equipo de Legaliza Abogados en caso de que requieras el apoyo de profesionales en materia fiscal y tributaria. No dudes en contactarnos para recibir el mejor asesoramiento legal.
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