¿Qué formas jurídicas puedo elegir para mi negocio y qué ventajas e inconvenientes ofrecen?

¿Qué formas jurídicas puedo elegir para mi negocio y qué ventajas e inconvenientes  me ofrecen? Hay una serie de conceptos que tienes que tener claros antes de elegir la que mejor opción.

Starbucks, Apple, Microsoft… ¿Te suenan estas empresas? Pues todas tienen algo en común, fueron desarrolladas por emprendedores que decidieron llevar a cabo la constitución de una empresa y explotar nuevas ideas. Si estás leyendo este artículo, es posible que te estés planteando crear tu propia empresa. De acuerdo, todavía ves lejos el triunfo en el ámbito empresarial pero la primera cuestión  que tienes que averiguar será resuelta  en este artículo. 

Conceptos clave en la selección de la forma jurídica de la empresa

Personalidad jurídica

Es el sujeto sobre el que recaen los derechos y obligaciones como pagar los impuestos de la empresa. Puede ser una persona física (Ser humano, mayor de edad y capaz de asumir obligaciones o responsabilidad)  o una persona jurídica (Una entidad de derecho formada por una o varias personas físicas. Se distingue entre las personalidades de las personas físicas y la personalidad jurídica compuesta)

Fiscalidad

Es el tipo de impuestos que recaen sobre la actividad de la forma jurídica, siendo los dos más importantes el IRPF (Impuesto de la renta de personas físicas) o el IS (Impuesto de sociedades).

Responsabilidad

Puede ser limitada al capital aportado para la creación de la forma jurídica de una empresa o ilimitada.

Capital

Dependiendo de la forma jurídica que elijas se exigirá un capital mínimo o no. Debes tenerlo en cuenta si supone un problema para ti reunir la inversión inicial. Dentro de este apartado tendrás que tener en cuenta el número de socios

En función de la combinación de estos cuatro conceptos tu empresa puede adoptar hasta 20 tipos de formas jurídicas distintas (Mira la siguiente tabla)

resumen de los tipos de formas juridicas

Puedes consultar las diferentes posibilidades en la web del ministerio de economía, industria y competitividad y los trámites para crear una de ellas así como la información necesaria para la creación y puesta en marcha de tu empresa que nos facilita el estado.

 Parecen demasiadas opciones para elegir, pero no es todavía momento de alarmarse.  Según los datos del Ministerio, el 87,2% de las empresas Españolas se agrupan en dos formas jurídicas: El autónomo y la sociedad limitada. A continuación verás un análisis que te ayudará a tomar tu decisión

¿Qué formas jurídicas puedo elegir para mi negocio y qué ventajas e inconvenientes ofrecen?

La forma jurídica del autónomo es la que más beneficios puede presentar a priori para aquellos que deciden emprender su aventura empresarial. Entre sus ventajas destacamos que solo es necesaria una persona para formar la empresa, se requieren menos trámites y no se exige un capital mínimo para su constitución. Además, el estado entiende que es una de las formas jurídicas principales para emprendedores, y desarrolla una serie de ayudas fiscales en los primeros años de actividad.

Ser empresario autónomo también presenta grandes desventajas. ¿Recuerdas el concepto de fiscalidad del que hablamos anteriormente? Los empresarios autónomos tributan por el IRPF, un impuesto progresivo, por el cual cuanto más dinero gane tu empresa, mayor será el porcentaje que el estado se llevará de tus ganancias. Para liquidar el IRPF deberás presentar cada tres meses el modelo 130 y modelo  131, en función del régimen de IRPF al que estés acogido.

Esta cuestión va unida al concepto de la  responsabilidad que citábamos anteriormente.  En el caso de los autónomos, la responsabilidad es ilimitada. Imagínate que tienes una casa en propiedad. En caso de cualquier problema que surgiera respecto a la actividad de tu empresa, la ley podría llegar hasta tu patrimonio personal

En el otro lado de las formas jurídicas tenemos la figura de la sociedad Limitada, figura jurídica muy diferente. Igual que los autónomos, solo es necesario un socio para poder constituirla, pero la diferencia es que el capital mínimo de una sociedad limitada es de 3000 euros. Esta variante puede ser decisiva a la hora de elegir la forma jurídica de tu empresa, pues es posible que tengas problemas para realizar una inversión inicial.

No obstante, esto también puede suponer un punto fuerte para elegir este modelo, pues el socio/os solo responde en base al capital aportado, en ningún caso con su patrimonio personal. Además, las sociedades limitadas tributan por el impuesto de sociedades a un tipo fijo, 25%, aunque hay  algunas excepciones para las empresas de nueva creación durante los dos primeros años.  Por tanto, gane lo que gane la sociedad, tu empresa pagará  el mismo porcentaje a la agencia Tributaria. El modelo para pagar este impuesto es el modelo 200.

modelos de formas jurídicas

Los trámites para constituir una SL no son complejos, pero si distintos al de los autónomos. Es necesario un libro registro de socios y la sociedad debe presentar en el registro mercantil los libros contables y las cuentas anuales. En la contabilidad de la empresa debe de quedar plasmado las facturas recibidas y emitidas, los cobros y pagos y los bienes de inversión y las amortizaciones.

Respecto a las ayudas que reciben estas empresas, debes tener en cuenta que aunque muchas van destinadas a los autónomos, la sociedad limitada tiene más posibilidades a la hora de conseguir financiación bancaria.

Ahora es tu turno de decidir cuál es la forma jurídica que envolverá tu aventura empresarial. Debes de tener claro que la forma no es definitiva, y que una práctica muy habitual es comenzar siendo autónomo y en caso de éxito convertir tu negocio en una sociedad limitada.

Como dijo Solón de Atenas, importante legislador griego, las leyes son semejantes a las telas de araña; detienen a lo débil y ligero y son deshechas por lo fuerte y poderoso. Si tienes una idea clara en la cabeza, no dejes que el miedo a los trámites y papeleo te impida llevarla a cabo. Si os ha gustado este post, no dudéis en dejarnos vuestros comentarios. Alea iacta est, la suerte está echada.

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