Garantía de obras de construcción: qué es y aspectos a tener en cuenta

¿Acabas de comprar un inmueble? ¿Quieres saber qué garantías tiene? La garantía de obras de construcción te posibilita exigir la reparación de los defectos constructivos que hayas podido encontrar en el inmueble que has adquirido.

Eso sí, dependiendo del tipo del desperfecto y la gravedad del mismo, dispones de unos plazos concretos para llevar a cabo las reclamaciones pertinentes y se garanticen tus derechos.

Garantía de obras de construcción

Imaginemos que acabamos de adquirir un inmueble donde instalaremos nuestro nuevo negocio. ¿Qué se nos garantiza? ¿Y si encontramos desperfectos? Una vez que la constructora nos ha entregado el inmueble, la garantía de obra de construcción nos permite reclamar ante los tribunales competentes los desperfectos de construcción que se puedan manifestar en los plazos establecidos.

Esta garantía queda, además, reforzada por la responsabilidad civil que posee todo aquel que ha formado parte del proceso constructivo del inmueble o edificio que lo alberga. Dicha responsabilidad consiste en la obligación por ley de reparar todos aquellos daños o males que puedan surgir como consecuencia de la actividad profesional.

Así, que en el caso de que, por error o intención de las distintas partes del proceso de construcción, se hayan dado algún tipo de defecto, estamos en nuestro derecho de reclamar responsabilidades y exigir su reparación, siempre y cuando se queden recogidos en los plazos estimados.

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Plazos de defectos de construcción

Como ya hemos mencionado anteriormente, ante cualquier defecto que pueda presentar el inmueble que hemos adquirido, nos encontramos en nuestro pleno derecho de reclamar responsabilidades y la reparación de los mismos.

Pero para ello, debemos tener en cuenta algunos aspectos, entre ellos,  los plazos de defectos de construcción que quedan recogidos dentro de la garantía de obras de construcción.

La gravedad de los mismos o su grado de afección sobre las prestaciones del inmueble adquirido, serán los criterios a tener en cuenta para entender los diferentes plazos de defectos de construcción que la Ley de Edificación establece dentro de nuestro ordenamiento jurídico. Estos plazos son los siguientes:

Defectos de estructura

Estos defectos son vicios constructivos que llegan a alterar o perjudicar a la estructura de la vivienda. No son los más habituales, pero en el caso de aparecer, afectan a cuestiones de importancia superlativa como los formados, las vigas, los pilares o sus muros de carga.

En este caso, el plazo de tiempo declarado para poder ejercer la reclamación de los mismos y la exigencia de su reparación son 10 años.

Defectos de habitabilidad

Este tipo de defectos constructivos dificultan directamente en las posibilidades de permanecer de forma segura en el inmueble adquirido tras la entrega de llaves. Las humedades o los problemas del sistema eléctrico suelen ser los defectos más habituales dentro de los desperfectos recogidos en este plazo.

El periodo de tiempo estimado para llevar a cabo la reclamación pertinente son 3 años desde la entrega de llaves.

Defectos de acabado

Por último, estos defectos también recogidos en la garantía de obra de construcción, hacen referencia al acabado de la vivienda. Estos son más habituales de lo que pudiéramos pensar.

De hecho, muchas veces suelen aparecer como consecuencia de los ajustados plazos de entrega con los que se obliga a trabajar a las empresas constructoras. Algunos ejemplos de este tipo de desperfectos son la incorrecta instalación de las baldosas del baño o la cocina.

Los plazos de defectos de construcción de acabado presentan un año de límite desde la entrega de llaves para la reclamación.

El control de las garantías de obras de construcción

Para demostrar la constitución de las garantías de obras de construcción pertinentes, derivadas de la responsabilidad civil de los agentes que intervienen en el proceso de edificación, el artículo 19.1 de la LOE sostiene que:

“No se autorizarán ni se inscribirán en el Registro de la Propiedad escrituras públicas de declaración de obra nueva de edificaciones a las que sea de aplicación esta Ley, sin que se acredite y testimonie la constitución de las garantías a que se refiere el artículo 19”.

La Ley confía el control del cumplimiento de los seguros encargados de sostener la responsabilidad civil a los notarios y registradores. Estos llevan a cabo un exhaustivo control preventivo para impedir el tráfico jurídico-inmobiliario de todas aquellas edificaciones que no cumplan los requisitos que, en materia de garantías, establece la Ley.

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¿Qué hay que tener en cuenta para denunciar a una constructora por defectos constructivos?

Para conservar la garantía de obra por construcción, debemos tener en cuenta que no es aconsejable que apuremos los plazos de defectos de construcción. Estos comprenden un periodo de tiempo muy concreto, por lo cual, si queremos iniciar un proceso de reclamación con las máximas garantías, no debemos demorarnos mucho en hacerlo.

Y es que cuando las consecuencias del incumplimiento del contrato de obra por parte de la promotora afecten a varios propietarios, y es la junta de vecinos la que se encarga de tramitar la reclamación, esta suele demorarse más en el tiempo.

También debemos tener en cuenta, que cuanto más tiempo le demos a la empresa constructora, más se puede demorar esta para evitar asumir la responsabilidad de los errores que ha cometido durante el proceso de edificación. Esta puede evadirse de su responsabilidad alegando que la causa de este tipo de defectos se debe a que el mantenimiento de la vivienda o edificio no ha sido el adecuado.

También es relevante saber que, si no es posible determinar quién es el sujeto responsable de los defectos que han aparecido, la Ley Orgánica de la Edificación (LOE) establece siempre al promotor como obligado solidario.

En cualquier caso, para este tipo de reclamaciones suele ser imprescindible contar con un informe pericial que demuestre la gravedad de los defectos de construcción que haya podido presentar nuestro inmueble tras la recepción del mismo. Y, recordemos, que la reparación de los mismos recae sobre la responsabilidad de la empresa constructora.

Por todo ello, es imprescindible contar con los mejores profesionales para que le asesoren y se encarguen de hacer cumplir la garantía de obra de construcción frente a los posibles problemas que haya podido encontrar en su inmueble.

El bagaje profesional de Legaliza Abogados

Esperamos que con este post haya resulto todas sus dudas. Pero si tienes problemas relacionados con la garantía de obra de construcción o necesitas más información sobre ello, no dude en ponerse en contacto con nuestro equipo especializado.

Legaliza Abogados se ha consolidado como uno de los mejores equipos jurídicos del territorio nacional en los procesos relacionados con la reclamación por defectos de construcción y hacer cumplir la garantía de obras de construcción.

Además, hemos estado llevado los litigios frente a las constructoras de mayor renombre de nuestro país como Vallehermoso, Tilmón Esopaña S.A. o Dragados S.A., entre otras.

Nuestro equipo jurídico analizará su suceso de hecho concreto a través de un trato cercano, profesional y altamente cualificado. Con todo ello dispondrá de la mejor estrategia legal para la defensa de sus intereses y necesidades.

 

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