Base liquidable → Concepto jurídico y diferencias con la base imponible

La base liquidable es uno de los conceptos más importantes del derecho tributario español y uno de los pilares fundamentales sobre el cual se sustentan los principales servicios de asesoría fiscal.  Por tanto, es un concepto jurídico que debemos tener muy claro a la hora de gestionar cualquier trámite frente a la AEAT (Agencia tributaria).

Hoy en nuestro blog especializado te explicamos todo lo que tienes que saber sobre la base liquidable, un concepto que está íntimamente ligado al de la base imponible  y cuyo conocimiento nos puede ser tremendamente útil a la hora de gestionar el pago de nuestros impuestos con hacienda.

¿Qué es la base liquidable?

La definición técnico-jurídica más exacta del concepto de base liquidable se plasma en el artículo 54 de la LGT (Ley General Tribuaria):

Artículo 54 de la LGT: La base liquidable es la magnitud resultante de practicar, en su caso, en la base imponible las reducciones establecidas en la ley.

Como ya enunciábamos al principio del artículo, base liquidable e imponible son dos conceptos unidos tanto en lo establecido por la ley como en lo marcado por la jurisprudencia. Hasta el punto de que el segundo se contiene en la definición del primero.

base liquidable

No obstante, vamos a ver el siguiente ejemplo práctico para determinar cómo se traduce esto en la realidad establecida por nuestro ordenamiento jurídico en materia de gestión tributaria.

☝ EJEMPLO PRÁCTICO DEL IRPF 

SUPUESTO DE HECHO

Carlos trabaja como director de comunicación y ventas en una multinacional cuya sede se encuentra en la Comunidad de Madrid. Su salario es de 1785€ al mes, que se traduce en un salario anual de 25000€ (14 pagas al año).

A sus 35 años, ha decidido abrirse un plan de pensiones y se ha propuesto como objetivo personal ir ahorrando para poder hacer alguna aportación al final de cada año. El primer año ha aportado al plan de pensiones 2500€.

REALIDAD JURÍDICA

A la hora de realizar la declaración de la renta, Carlos es el sujeto pasivo (Es decir, el responsable de pagar este impuesto) al terminar el año económico. Para entender el concepto de base liquidable, debemos comprender primero 3 conceptos que resultan fundamentales para el cálculo de IRPF:

  • TIPO IMPOSITIVO: Es el porcentaje de impuestos que debemos pagar en función de nuestros ingresos.
  • CUOTA ÍNTEGRA: Es el resultado que se obtiene de aplicar el tipo impositivo a la base imponible.
  • CUOTA LÍQUIDA: No obstante, para calcular el dinero definitivo que debemos abonar en nuestra declaración, a la cuota íntegra es posible restarle deducciones o bonificaciones (Aquí es donde entrarían en juego las aportaciones al plan de pensiones) dando lugar a lo que conocemos como cuota líquida.

Por consiguiente, este sería el resultado final del caso de Carlos, es decir, cuál será su base liquidable tras realizar las correspondientes deducciones, con el consiguiente ahorro que esto supone. 

base liquidable

Este caso no es más que una forma muy simplificada para mostrar cómo la base imponible permite hacer determinadas reducciones legales (Por aportaciones a la vivienda habitual, por planes de pensiones, donativos etc..). En el caso de Carlos, sus aportaciones al plan de pensiones le permite deducir 668,9€ de su cuota íntegra.

Además, debemos de tener en cuenta que en muchas ocasiones, son las propias empresas las que realizan las retenciones del salario de los trabajadores, por lo que de la cantidad final que deberemos pagar a Hacienda al final del ejercicio económico dependerá de lo que ya hayamos aportado al final del año, lo que conocemos como cuota diferencial.

El hecho de marcar la diferencia entre la base liquidable y la base imponible es de vital importancia a la hora de realizar la tributación de impuestos como el IRPF. No obstante, existen otros tipos de impuestos que no permiten deducciones de la base imponible, por lo que esta siempre coincidirá con la base liquidable.

Base liquidable: Localización en el sistema tributario español

Una vez hemos establecido la definición del concepto jurídico y un pequeño ejemplo práctico, debemos situarla en la compleja estructura del sistema tributario español. Por ello, debemos de hablar del derecho financiero en su totalidad.

Cuando utilizamos la palabra “financiero” en multitud de ocasiones lo hacemos para referirnos al mundo de los negocios, especialmente en todos aquellos casos relacionados con las operaciones de capital distintas de la inversión real: El mundo de los bancos, los seguros, las actividades de bolsa…

Y aunque esto es correcto, en multitud de ocasiones olvidamos que esta palabra puede utilizarse para referirnos a las finanzas públicas, es decir, las reservadas para la hacienda pública, y sobre las cuales versa el derecho tributario español.

✍ FINANCIERO (Definición de la RAE): Perteneciente o relativo a la hacienda pública, a las cuestiones bancarias y bursátiles o los grandes negocios mercantiles.

Por tanto, el derecho financiero engloba de una parte todo lo relacionado con las finanzas privadas y de otra parte lo relacionado con las finanzas públicas. La actividad financiera pública hace referencia a aquella que es desarrollada por el Estado y los entes públicos para la realización de los gastos inherentes a las funciones que le son encomendadas en la constitución española.

La recaudación de tributos por parte de los Estados es una actividad medial o instrumental de segundo grado. ¿Qué significa esto? Que no satisfacen de manera directa una necesidad pública.

Por ejemplo, la actividad de la enseñanza tiene un carácter final, al igual que la mayoría de servicios públicos. No obstante, la recaudación de tributos tiene un carácter medial, ya que su objetivo es conseguir los medios necesarios para desarrollar todas aquellas actividades públicas con carácter final.

base liquidable

Una vez hemos dejado clara la finalidad del sistema tributario español (Obtener prestaciones pecuniarias necesarias para el desarrollo de ciertas actividades) es sencillo observar que la base liquidable se encuentra dentro de los aspectos cuantitativos de estas prestaciones.

Esta cuantificación debe quedar plasmada en la ley del impuesto (Ley del IVA, Ley del impuesto de sociedades, Ley del IRPF…) con el resto de elementos esenciales del tributo. Los elementos cuantitativos de los tributos nos permiten diferenciar así entre:

  1. TRIBUTOS DE CUOTA FIJA: La cuantía viene establecida directamente por la Ley o norma reguladora. Es el caso de muchos tributos locales en forma de tasa, como por ejemplo, la tasa de recogida de basuras.
  2. TRIBUTOS DE CUOTA VARIABLE: La cuantía de la prestación se modula en función de la “intensidad” con que cada supuesto real se considera realizado el hecho imponible. Por tanto, todos los tributos de cuota variable tienen una forma de determinar cuál será la base liquidable final del impuesto.

✍ Los elementos cuantitativos son tratados por la LGT en el capítulo III del título II

Por consiguiente, en el derecho tributario español se establecen diferentes métodos de determinación de la base liquidable (Método de estimación directa, método de estimación objetiva y el método de estimación indirecta)

base liquidable

La base liquidable es por tanto un concepto clave para la liquidación de nuestras obligaciones tributarias. Aunque mucha gente procede a la autoliquidación al final del año económico, lo cierto es que apostar por ayuda especializada es la mejor forma de ahorro a largo plazo, así como una forma de asegurarnos futuros problemas frente a cualquier inspector de hacienda.

Aunque algunos tributos no permiten ninguna deducción, los tributos más importantes abonados por personas físicas y jurídicas (Empresas) si permiten ciertas deducciones que en muchas ocasiones desconocemos. Cuando nos ponemos en manos especializadas, aplicamos lo que determina la ley en nuestro supuesto de hecho y pagamos menos impuestos. O mejor dicho, pagamos los impuestos que realmente nos corresponde abonar.

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⚜ Las leyes se han hecho para el bien de los ciudadanos. Cicerón

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