El sistema tributario se compone del conjunto de impuestos en España que conforman nuestras obligaciones tributarias como sujeto pasivo.
A la hora de llevar a cabo nuestras obligaciones con la Hacienda Pública, el sistema tributario se consolida como un férreo escenario regulado por una serie de principios legales, notas definitorias y otras cuestiones que encuentran su origen en la historia jurídica de nuestro país.
No obstante, a pesar de que constituye un elemento fundamental del derecho tributario, son muy pocas las veces que nos paramos a reflexionar sobre la superlativa importancia de que este puede llegar a tener. Y si lo analizamos con detenimiento, el sistema tributario español se menciona de forma directa e indirecta continuamente en medios de comunicación o portales especializados en información tributaria y legal.
El blog de Legaliza Abogados nacía con el objetivo de convertirse en un portal tributario de referencia donde poder ofrecerte información clave explicada de la mano de nuestro equipo de profesionales. Desde la tributación que se establece para las empresas hasta los tipos de impuestos en España que podrían afectar a nuestro caso en particular.
Ignorantia juris non excusat. Por este motivo, hoy dedicamos un post a nuestro sistema tributario, marcando las notas características del mismo y cómo la estructura de este influye de manera necesaria en nuestro sistema impositivo. ¡Bienvenido a nuestro blog!
Índice de contenidos
Acudir a las fuentes de derecho financiero y tributario es habitual a la hora querer obtener una definición de este concepto jurídico que resulte lo más taxativa posible. No obstante, resulta interesante observar como nuestro código tributario no da una definición como tal, creando la idea de que se trata de un concepto algo difuso. Nada más lejos de la realidad.
⚜ El sistema tributario no es más que el conjunto de tributos (los cuales pueden ser tasas, contribuciones especiales o impuestos) que se aplican en un determinado Estado para financiar de manera eficiente su gasto público. El conjunto de todos ellos constituye un escenario unitario en el que diferentes sujetos se relacionan entre sí a través de criterios de carácter lógico, como pudieran ser los criterios legales o geográficos. |
Si tuviéramos que dividir a los diferentes protagonistas que interactúan en este escenario legal, podríamos destacar 2 grupos → La Administración Pública, agente tributario formado por el Estado, las Comunidades Autónomas y los entes de carácter local, y los ciudadanos, los cuales la ley tributaria establece como sujetos pasivos que deben cumplir con sus obligaciones tributarias dentro del Estado de derecho.
Y si bien más adelante estableceremos la importancia que tienen estos primeros en la composición de nuestro sistema fiscal, es fundamental comentar de forma previa las notas características de nuestro sistema tributario:
El sistema tributario español destaca por un férreo carácter público en su doble vertiente. Por un lado, el carácter de los sujetos partícipes en el mismo y por otro el objetivo que persigue → Garantizar una serie de servicios públicos que el ciudadano no podría cubrir por sus propios medios de manera individual.
El calendario tributario destaca por un carácter medial en segundo grado, ya que no satisface de manera directa una necesidad pública, como sí podría ser la actividad de la enseñanza o el transporte, cuyo carácter es final.
No obstante, los diversos regímenes tributarios que se localizan en territorio español son la llave de obtención de todos aquellos recursos necesarios para llevar a cabo estas actividades finales con las máximas garantías.
Por último, y aunque pudiera resultar lógico, es importante destacar el carácter jurídico de nuestro sistema, pues pertenece a la rama del derecho tributario o financiero. Ejemplo claro de esto son los principios tributarios, los cuales se desprenden del artículo 31 del texto supremo al tiempo que se plasman en el artículo 3 de la Ley 58/2003, de 17 de Diciembre.
Una vez hemos analizado las características del sistema fiscal español, podemos entrar en profundidad a distinguir los diferentes “subsistemas” que componen nuestro sistema tributario → El Estado o poder central, el Autonómico y la Hacienda Local.
✍ Cuando analizamos las Comunidades Autónomas o Corporaciones Locales podemos establecer tantos sistemas tributarios como comunidades o corporaciones podamos destacar. Al fin y al cabo, cada Comunidad Autónoma o entidad local tiene su propio sistema de tributos, dentro de una serie de límites que son comunes a todas ellas.
No obstante, dentro de los ingresos tributarios de nuestro país resulta lógico destacar la relevancia suprema del sistema estatal, no solo por financiar la Administración a través de los impuestos estatales, sino porque aparte de los recursos considerados como propios, financia una parte importante de los niveles inferiores, a través de los impuestos cedidos a las Comunidades Autónomas.
Para entender el sistema fiscal español y la localización en este de nuestras normas tributarias, analizaremos las notas características de cada uno de sus subsistemas por separado.
El sistema estatal se compone de diversas figuras de importante relevancia para nuestro ordenamiento jurídico.
Basta con echar un vistazo a la historia de los impuestos en España para entender la importancia de estos, ya que este tipo de tributo es el más importante dentro de este nivel. Debemos destacar que al usar el término “Estatal” hacemos referencia a la fuente de regulación, no al impuesto como tal, ya que algunos tributos en España son compartidos con las CCAA.
Para entender la relación jurídica tributaria que se establece con los otros 2 subsistemas (Autonómico y local), debemos diferenciar entre impuestos directos e indirectos en España y cómo influyen estos sobre nuestro sistema fiscal.
Dentro de esta categoría, debemos de destacar los siguientes tributos estatales:
Dentro de los impuestos indirectos del sistema tributario estatal podemos destacar:
Para completar el sistema de tributos estatal, es importante destacar el poder tributario del órgano estatal para establecer tasas y/o contribuciones especiales para financiar actividades que pudieran resultar de su competencia.
Dentro de los impuestos autonómicos, debemos establecer que cada comunidad tiene su propio sistema de tributos autonómicos, el cual se compone de aquellos que destacamos a continuación:
La justicia tributaria habilita a cada Comunidad Autónoma a crear sus propios tributos, los cuales nunca pueden superponerse a los establecidos por el sistema tributario estatal citados con anterioridad.
Para entender el sistema tributario actual y el de aquellos tributos cedidos a las Comunidades Autónomas, debemos clasificar estos en 2 grupos:
El derecho tributario local estructura los impuestos de estas entidades de la siguiente manera:
Esperamos que este artículo te haya resultado útil para entender la globalidad del sistema tributario español. Con el paso del tiempo, el objetivo de nuestro blog de derecho tributario es acercarte información que pueda resultar de interés en tu día a día que esté relacionada con la actividad de nuestra empresa.
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